lunes, 24 de marzo de 2008

OBLIGACIONES DEL DELEGADO DE CAMPO O DE EQUIPO ENTRE OTRAS: Ponerse a la disposición del árbitro y cumplir las instrucciones que le comunique antes del partido o en el curso del mismo. Ofrecer su colaboración al delegado del equipo visitante. Acudir, junto con el árbitro, al vestuario de éste, a la terminación de los dos periodos de juego y acompañarle. Igualmente, desde el campo hasta donde sea aconsejable para su protección, cuando se produzcan incidentes o la actitud del público haga presumir la posibilidad de que ocurran o permitir que salgan los equipos al terreno de juego hasta que el mismo se halle completamente despejado. Solicitar la protección de la fuerza pública a requerimiento del árbitro o por iniciativa propia, si las circunstancias así lo aconsejan. También se establece que entre las obligaciones del Delegado, están las de: “Cuidar que se abonen los Derechos de Arbitraje.

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