viernes, 13 de noviembre de 2009

OBLIGACIONES DEL DELEGADO DE CAMPO:



1.- El equipo titular, o con la condición de equipo local, tine designado en la inscripcion

del equipo en cada tempora

un Delegado de Campo a quien corresponderán las obligaciones siguientes:

a) Ponerse a disposición del árbitro y cumplir las instrucciones que le

comunique antes, durante o al final del partido.

b) Ofrecer su colaboración al equipo visitante.

c) Evitar que tengan acceso a los vestuarios personas, salvo que éste lo

autorice, excepto miembros del Comité y a los solos efectos de firmar el acta, los

entrenadores y capitanes.

d) Acudir pronto con el árbitro, al vestuario de éste a la terminación de

los periodos de juego y acompañarle, igualmente, desde el campo hasta donde sea

aconsejable, para su protección, cuando se produzcan incidentes o la actitud del público

haga presumir la posibilidad de que ocurran.

Identificarse ante el árbitro antes del comienzo del encuentro, y

presentar al mismo las fichas o relación numeradas, de los futbolistas de su equipo que

vayan a participar en el encuentro, con una

antelación mínima de 30 minutos antes de la hora de comienzo del partido.

Importante: si de portero juega otro jugador que no sea el dorsal Nº 1 ,este cambio se debe comunicar al arbitro antes del comienzo del partido



e) En caso necesario colaborar con el árbitro en la redacción del acta,

rellenando la parte de ella en que figuren los nombres de los jugadores de su equipo.

f) Firmar el acta del encuentro.

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